¿Qué es el Servicio Municipal del Voluntariado Social?

Es un servicio especializado perteneciente a la Concejalía de  Servicios Sociales, Tercera Edad, Bienestar e Igualdad del Excmo. Ayuntamiento de Águilas, y responsable del programa que nace con el objetivo de:

Fomentar e impulsar el voluntariado.

Ser punto de referencia e información para cualquier ciudadano, asociación o voluntario del municipio en cualquier materia relacionada con el voluntariado.

Ser mediadores entre las Asociaciones y los ciudadanos que deseen ser voluntarios.

Así que si estas pensando ser voluntario, desde el Programa Municipal del Voluntariado Social:

Te informaremos de las entidades sociales y de sus proyectos, así de cómo podrías participar en ellos.

Orientaremos y derivaremos hacia la entidad social que más se amolde a tus motivaciones e intereses.

Te asesoraremos sobre tus derechos y compromisos de voluntario, tanto si estás pensando serlo como si llevas tiempo siéndolo.

Proporcionaremos todo aquel conocimiento que necesites para realizar tu labor voluntaria: información concreta, apoyo documental, formación…

Y se te acompañará en tus primeros momentos de voluntario, para que no te sientas perdido.

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¡¡ NOS IMPORTA TÚ EXPERIENCIA!!

Si alguna vez has colaborado o sigues colaborando actualmente como voluntario en alguna entidad social, y te gustaría compartir tu experiencia con los demás, de forma oral o escrita, porque:

  • Quieres animar a los demás a vivir experiencias solidarias y altruistas.

  • Te gustaría que tú experiencia sirviera como guía y modelo a los demás voluntarios.

  • Consideras que tus vivencias en acciones voluntarias pueden ser utilizadas para actividades de sensibilización y promoción del voluntariado.

Ponte en contacto con la Oficina  Municipal del Voluntariado Social por

el e-mail: voluntariado@ayuntamientodeaguilas.org, o bien al número de teléfono  664417675.

 

¡! No dejes que tú experiencia caiga en el olvido!¡

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Apoyo a entidades sin ánimo de lucro.

Entrevistar a las asociaciones que lleven a cabo programas con personal voluntario que soliciten incorporarse al Programa de Voluntariado del Ayuntamiento.

La colaboración con las Asociaciones se basa fundamentalmente en actividades de mediación, es decir, poner en contacto a las personas interesadas en la participación en acciones voluntarias con las entidades sociales que demandan voluntarios.

Establecer cauces de comunicación y coordinación efectiva con las asociaciones inscritas en la base de datos de manera que permita mantener actualizados sus datos, conocer sus actividades y detectar las necesidades de voluntarios.

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¿En qué consiste la ayuda voluntaria?

 

En la realización de acciones de promoción social, cívica y humanitaria con  voluntarios, enmarcadas en programas sociales dirigidos a colectivos necesitados de ayuda solidaria:

Personas mayores.

Inmigrantes.

Familia e infancia.

Menores.

Personas con discapacidad.

Otros colectivos de interés social

 

Las posibles tareas a desarrollar  por los voluntarios son las siguientes:

o   Acompañamiento fuera y/o dentro del inmueble.

o   Ayuda en la realización de gestiones externas del beneficiario.

o   Apoyo en la movilidad fuera y/o dentro del inmueble de la persona beneficiaria.

o   Apoyo escolar y/ o en los programas educativos de intervención.

o   Distracción y juego con menores.

o   Ocupación del tiempo libre.

o   Arreglos en el domicilio que no requieran la intervención de profesionales.

o   Participación en campañas de sensibilización y formación.

o   Apoyo a las familias.

o   Complementariedad con otros profesionales.

o   Participación en las actividades organizadas por Entidades Sin Ánimo de Lucro del municipio, o por la Oficina Municipal del Voluntariado Social.

o   Actividades de ocio y tiempo libre.

o   Apoyo en la realización de talleres.

o   Participación en los servicios de prevención, formativos y educativos para la inclusión de grupos minoritarios.

o   Ocio y tiempo libre.

o   Participación en los programas de voluntariado de las Asociaciones de acción social del municipio de Águilas.

o   Y en todas aquellas actividades organizadas que vayan surgiendo o aquellas que propongan los voluntarios, pero que en ningún caso, sustituyan a actividades remuneradas.

 

 

Las necesidades de los colectivos necesitados de ayuda solidaria a atender  son, en rasgos generales, las siguientes:

 

Þ    Soledad y aislamiento.

Þ    Problemas de desplazamiento dentro y fuera del hogar.

Þ    Carencia de autonomía y/o hábitos normalizados para realizar sus actividades diarias en la vivienda.

Þ    Familias en que la atención a los hijos y otros familiares les impide realizar una actividad laboral remunerada.

Þ    Menores con problemas de fracaso escolar que necesitan apoyo individualizado en su domicilio o en pequeños grupos.

Þ    Dificultades de integración de personas inmigrantes.

Þ    Necesidades de acercamiento a recursos comunitarios y, en definitiva, todas aquellas que precisen actuaciones encaminadas al desarrollo integral de las personas para conseguir un mayor bienestar social.

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¿Cómo puedes participar?

Poniéndote en contacto con Silvia (Coordinadora del Programa del Voluntariado Social) mediante el número de teléfono 664417675, personándote en la Oficina Municipal del Voluntariado Social sita en  C/.Floridablanca, 9-B (Edificio el Placetón), mediante cita previa, o también si lo prefieres, puedes rellenar la “solicitud de incorporación al voluntariado social” y enviarlo a esta dirección de correo electrónico voluntariado@ayuntamientodeaguilas.org, y en seguida  nos pondremos en contacto contigo, se te facilitará toda la información más detallada sobre actividades y programas (horarios, requerimientos,  lugares, beneficiarios de la ayuda solidaria…)

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SOLICITUD DE INCORPORACIÓN AL VOLUNTARIADO SOCIAL

 

¿QUÉ ES EL VOLUNTARIADO?

A los efectos de la Ley 6/1996, de 15 de Enero, del Voluntariado Social, se entiende por voluntariado el conjunto de actividades de interés general, desarrolladas por personas físicas, siempre que las mismas no se realicen en virtud de una relación laboral, funcionarial, mercantil o cualquier otra retribuida y reúna los siguientes requisitos:

  1. Que tengan carácter altruista y solidario.

  2. Que su realización sea libre, sin que tengan su causa en una obligación personal o deber jurídico.

  3. Que se lleven a cabo sin contraprestación económica, sin perjuicio del derecho al reembolso de los gastos que el desempeño de la actividad voluntaria ocasione.

  4. Que se desarrollen a través de organizaciones privadas o públicas y con arreglo a programas o proyectos concretos.

2. Quedan excluidas las actuaciones voluntarias aisladas, esporádicas o prestadas al margen de organizaciones públicas o privadas sin ánimo de lucro, ejecutadas por razones familiares, de amistad o buena vecindad.

3. La actividad de voluntariado no podrá en ningún caso sustituir al trabajo retribuido.

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DERECHOS Y DEBERES DE LOS VOLUNTARIOS SEGÚN LA LEY 6/1996, DE ENERO, DEL VOLUNTARIADO SOCIAL

Los voluntarios tienen los siguientes derechos:

  1. Recibir, tanto con carácter inicial como permanente, la información, formación, orientación, apoyo y, en su caso, medios materiales necesarios para el ejercicio de las funciones que se les asignen.

  2. Ser tratados sin discriminación, respetando su libertad, dignidad, intimidad y creencias.

  3. Participar activamente en la organización en que se inserten, colaborando en la elaboración, diseño, ejecución y evaluación de los programas, de acuerdo con sus estatutos o normas de aplicación.

  4. Ser asegurados contra los riesgos de accidente y enfermedad derivados directamente del ejercicio de la actividad voluntaria, con las características y por los capitales asegurados que se establezcan reglamentariamente.

  5. Ser reembolsados por los gastos realizados en el desempeño de sus actividades.

  6. Disponer de una acreditación identificativa de su condición de voluntario.

  7. Realizar su actividad en las debidas condiciones de seguridad e higiene en función de la naturaleza y características de aquélla.

  8. Obtener el respeto y reconocimiento por el valor social de su contribución.

Deberes del voluntario.

Los voluntarios están obligados a:

  1. Cumplir los compromisos adquiridos con las organizaciones en las que se integren, respetando los fines y la normativa de las mismas.

  2. Guardar, cuando proceda, confidencialidad de la información recibida y conocida en el desarrollo de su actividad voluntaria.

  3. Rechazar cualquier contraprestación material que pudieran recibir bien del beneficiario o de otras personas relacionadas con su acción.

  4. Respetar los derechos de los beneficiarios de su actividad voluntaria.

  5. Actuar de forma diligente y solidaria.

  6. Participar en las tareas formativas previstas por la organización de modo concreto para las actividades y funciones confiadas, así como las que con carácter permanente se precisen para mantener la calidad de los servicios que presten.

  7. Seguir las instrucciones adecuadas a los fines que se impartan en el desarrollo de las actividades encomendadas.

  8. Utilizar debidamente la acreditación y distintivos de la organización.

  9. Respetar y cuidar los recursos materiales que pongan a su disposición las organizaciones.

“Dime y olvidaré,

demuéstrame y recordaré,

involúcrame  y entenderé”

Proverbio chino

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